«Cualquier trabajador, sin importar el tiempo que lleve en el trabajo, y los jubilados, en ambos casos siempre que no están afiliados a una empresa fúnebre, tienen derecho a la cobertura que brinda el Banco de Previsión Social (BPS) y que se llama Subsidio por expensas funerarias y gastos complementarios», explicó Ricardo Ambroa, asesor en Seguridad Social. Detalló que la prestación económica asegura «un servicio fúnebre de dignidad» que incluye «velatorio, corona, cajón y traslados». En este sentido, trabajadores y jubilados no tendrían que pagar mensualidades a empresas fúnebres aunque «la decisión siempre es personal. Nosotros cumplimos con informar sobre los derechos y después cada cual toma su decisión», detalló quien hace más de dos décadas se dedica a difundir estos asuntos. El subsidio no se otorga cuando al momento del fallecimiento la persona está afiliada a algún servicio que cubra los gastos de sepelio.
Escuchar la nota de Ricardo Ambroa con LA TRIBU: